¿Qué es la Renta Mínima de Inserción Social?
Cada Comunidad Autónoma cuenta con una ayuda de carácter asistencial, que se puede solicitar cuando se han agotado el resto de prestaciones. Esta ayuda en Andalucía se conoce como Renta mínima de inserción social.
En Andalucía, esta ayuda se compone de dos partes:
un plan de inclusión sociolaboral.
Y una cuantía económica, 419 euros si la unidad familiar está formada por una sola persona, cantidad que se incrementará en 53 euros por cada miembro y que tendrá una duración de doce meses, prorrogables por periodos de seis meses.
Requisitos de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía
Para acceder a esta ayuda es necesario que se cumplan una serie de requisitos, que se resumen en los siguientes puntos:
- Los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en un municipio de Andalucía, en un mismo domicilio. Generalmente se deberá estar empadronado durante al menos un año para cumplir este requisito.
- Tener entre 25 y 64 años. Se podrá acceder a esta ayuda si se tienen más de 65 años o menos de 25 en determinados supuestos.
- Acreditar la escolarización de los menores que formen parte de la unidad familiar.
- El solicitante y las personas de la unidad familiar mayores de 16 años que no estén estudiando ni cuidando de un familiar deberán estar inscritos como demandante de empleo en la oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
- No residir en un centro del sistema público de servicios sociales donde se cubran las necesidades básicas de subsistencia ni en un centro penitenciario.
- No tener ingresos superiores a la cuantía que corresponda por esta ayuda y no deben disponer de una cantidad de dinero, valores u otras recursos mayores a 10 veces el IPREM (537,84 x 10 = 5.378,40 euros en 2018).
- Suscribir el compromiso de participación y cumplimiento del plan de inclusión sociolaboral incluido en la solicitud de la ayuda.
- Estar dado de alta en el censo de la Administración Tributaria.
Cómo solicitar la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía
La Renta Mínima de Inserción se puede solicitar de forma presencial en los servicios sociales del municipio donde se esté empadronado o por internet, enviando la solicitud y el resto de documentación a través de la sede electrónica.
Con carácter general, junto a la solicitud se debe presentar el certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar o de todas las personas que convivan en el domicilio y un documento del banco donde aparezca el titular, número de cuenta y código IBAN. Según las circunstancias es posible que se requiera la presentación de otra documentación.
El plazo para responder será de dos meses (a contar desde el día 1 del mes siguiente a la presentación de la solicitud), si en ese plazo no hay respuesta se entenderá que se ha denegado. En cualquier caso se recomienda preguntar el estado de la solicitud.


